El juez Gustavo González brindó informes del radar de LeoLabs a legisladores

El titular del Juzgado Civil y Comercial, quien dictó la nulidad de la inscripción de LeoLabs Argentina SRL en la provincia, respondió inquietudes formuladas por los legisladores que indagan sobre la instalación del radar en Tolhuin.

USHUAIA.- El juez Gustavo González, titular del Juzgado Civil y Comercial de ésta ciudad, brindó detalles de su intervención en la causa iniciada por la instalación del radar de la empresa LeoLabs en terrenos de la Estancia El Relincho; al brindar un informe ante la Comisión Especial de la Legislatura que indaga sobre las autorizaciones otorgadas a LeoLabs Inc. y LeoLabs Argentina SRL.

La participación del magistrado se produjo luego de que, en abril de este año, dictara la nulidad de la inscripción de LeoLabs Argentina SRL en la provincia de Tierra del Fuego, en el marco de una causa promovida por la Inspección General de Justicia (IGJ).

En esa resolución el Juez consideró que el objeto social de la empresa podía comprometer el interés público, sobre la base de los informes emitidos por el Ministerio de Defensa, y dispuso la cancelación de su inscripción para operar en la provincia.

El Magistrado explicó que su decisión fue dictada en primera instancia y que, en la actualidad, el proceso sigue su curso ante recursos presentados por las partes involucradas en la demanda que promovió el Gobierno.

Durante el encuentro, el juez González respondió las consultas formuladas por los legisladores y brindó precisiones respecto de la intervención del Juzgado a su cargo en el expediente, dentro del marco de las competencias propias de ese Tribunal.

La resolución

La causa tramitada por el juez González se originó a partir de un planteo de la Inspección General de Justicia que solicitaba la disolución y liquidación de la firma, pero el tribunal adoptó otro camino: Declarar la nulidad de su inscripción en la provincia. Esa diferencia no es menor, ya que la empresa mantiene su existencia jurídica, aunque queda impedida de operar formalmente en el distrito. “El contrato social de la SRL Leolabs sigue existiendo. Lo que se hizo fue decretar la nulidad de la inscripción. Por lo tanto, como SRL en la provincia no podría funcionar”, explicó.

Uno de los elementos determinantes fue la evaluación técnica sobre el radar instalado, que presenta una funcionalidad dual. “Tiene capacidad para la basura espacial, pero también para monitorear otro tipo de situaciones” indicó, al señalar que esa doble función fue clave para interpretar el alcance del caso en términos de interés público.

A partir de esos informes el tribunal concluyó que la actividad de la empresa podía involucrar aspectos vinculados a la defensa y la soberanía nacional. “No puedo hacer caso omiso a un informe del Ministerio de Defensa que dice que esto pone en juego la soberanía nacional” sostuvo, al marcar el límite del análisis puramente formal.

Ese criterio fue determinante para avanzar sobre la nulidad de la inscripción. El propio Juez reconoció que, de haberse restringido al análisis técnico del derecho societario, la resolución habría sido distinta. “Si nos quedábamos en lo netamente societario, la demanda tendría que haber sido rechazada” afirmó, al explicar por qué el fallo incorpora el interés público como eje rector.

El fallo también incluye una exhortación a la Inspección General de Justicia para fortalecer sus mecanismos de control. González advirtió que no se registraron evaluaciones previas de organismos especializados al momento de la inscripción. “Si me llevan a inscribir una empresa que es un radar, no vimos ningún informe previo de ningún organismo estatal que dictamine sobre la conveniencia o no”, señaló.

Fuente: El Sureño